Internet no es más que un canal de comercialización que no exime
del cumplimiento de la legalidad vigente aplicable a los contratos base del
comercio electrónico internacional. Por lo tanto, la primera clave y la
más importante es comprender qué supone una exportación/ importación.
En comercio exterior no siempre existe libre comercio y el movimiento de
productos está sujeto a normas que habitualmente lo dificultan.
Simplificando, existe
exportación cuando hay una salida de mercancías y/o servicios fuera del
territorio aduanero comunitario de la Unión Europea (UE). Así pues, las
compraventas internacionales entre empresas situadas en territorio aduanero
común no se definen técnicamente como exportaciones o importaciones, son
entregas y adquisiciones intracomunitarias.
También es importante conocer las
particularidades de España, ya que Ceuta y Melilla -aunque territorialmente son
Comunidades Autónomas españolas y por ello también forman parte de la UE- no
pertenecen a su territorio aduanero común. Cuando una empresa comunitaria vende
o compra de Ceuta y Melilla está exportando/importando. En cambio, las Islas
Canarias sí que pertenecen al territorio aduanero comunitario, aunque cuentan
con un régimen fiscal especial.